Cómo contribuir a la autonomía del INSS en 2022

El pago autónomo del INSS es uno de los medios utilizados por muchas personas para cotizar al sistema público de seguridad social.


La cotización al INSS puede otorgar a los asegurados derechos tales como subsidio de maternidad, subsidio de enfermedad, seguro de desempleo o pensión de invalidez. Además, hay una pensión estatal.

Este pago, por tanto, puede ser realizado por quienes no trabajan con contrato formal, por cuenta propia, así como por contribuyentes facultativos, como estudiantes y amas de casa.

Los importes adeudados varían según el código de cotización elegido. La tasa del salario mínimo del 5% se asigna a los hogares de bajos ingresos. También hay un 11% calculado sobre el Smic y un 20% aplicado por el Smic al techo de la Seguridad Social. Sigue la tabla:

Cuadro INSS del Contribuyente Individual y Facultativo 2022
salario contributivo Evaluar Evaluar
BRL 1.212,00 5% 60,60 BRL
BRL 1.212,00 11% 133,32 BRL
De BRL1.212,00 a BRL7.087,22 20% Entre BRL 242,40 (salario mínimo) y BRL 1.417,44 (techo)

En cuanto a la recolección de microempresarios individuales (MEI), el proceso es ligeramente diferente. Su tasa es del 5% del SMIC vigente, acompañada del cobro del ICMS o del ISS si eres prestador de servicios.

Cómo empezar a cobrar el INSS paso a paso

El INSS se puede cobrar de forma independiente o incluso esporádicamente sin tener un ingreso mensual. Para hacer esto, debe seguir algunos pasos antes de comenzar a cobrar su contribución mensual.

1. Inscripción en el Programa de Integración Social (PIS)

La inscripción se puede realizar por Internet en el formulario de "contribuyente único" para trabajadores autónomos o en el formulario "opcional" en el otro caso para contribuyentes sin ingresos.

Para aquellos que hayan trabajado al menos una vez bajo contrato formal, este registro ya se hizo y el empleado debe consultar el número en la tarjeta de trabajo.

2. Elige el tipo de aportación

Entre las formas de cotización existentes, los contribuyentes individuales y facultativos pueden optar por el régimen simplificado y el régimen normal.

Por lo tanto, las tasas pueden ser del 11% o del 20%, según el plan y la clase de contribuyente. Para ello el contribuyente deberá elegir entre los códigos de cotización. Se pueden ver algunos de los principales por categoría:

Trabajadores autónomos que prestan servicios a particulares

En este caso, los trabajadores por cuenta propia pueden aportar el 11% o el 20%. En ambos casos dependen del salario mínimo vigente, y en el segundo también del tope de seguridad social vigente.

  • Códigos 1163 o 1236 (rural): contribuye mensualmente en el rango del 11% en el valor de R $ 133,32.
  • Códigos 1007 o 1287 (rural): contribuciones mensuales de aproximadamente 20%, entre R $ 242,20 y R $ 1.417,44 dentro del límite.

Trabajadores por cuenta propia que prestan servicios a personas jurídicas

En la categoría de prestadores de servicios independientes para personas jurídicas, el aporte se paga aplicando el 20% del monto recaudado.

  • Código 1120: contribuciones mensuales de aproximadamente 20%, entre R $ 242,20 y R $ 1.417,44 dentro del límite.
  • Código 1805: cuentapropistas rurales que cotizan en el rango del 20%, entre R $ 242,20 y R $ 1.417,44 en el tope mensual.

También hay una deducción del 45% porque el contratista ya pagó al INSS un descuento del 11% sobre el monto pagado.

contribuyente opcional

Una categoría de personas mayores de 16 años que no tienen un trabajo remunerado, como estudiantes, amas de casa y desempleados.

Uno de los casos se refiere al contribuyente facultativo de baja renta, con renta familiar inferior a dos salarios mínimos e inscrito en el sistema CadÚnico. El aporte se paga en el rango del 5% del salario mínimo vigente.

En los demás casos, la cotización puede ser del 11% o del 20%, dependiendo del salario mínimo vigente y del tope del INSS en el segundo caso.

  • Código 1929 (bajos ingresos): aporta el 5% del salario mínimo, actualmente R $ 60,60 por mes.
  • Código 1473: contribuye a la tasa del 11% en el valor de R $ 133,32 por mes.
  • Código 1406: contribuye en un rango del 20%, variando de R$ 242,20 a R$ 1.417,44 en el tope mensual.

A la hora de elegir tu forma de pago de la Seguridad Social, debes tener esto en cuenta sólo el 20% tiene derecho a pensión por el período de cotización.

La tabla con los valores actuales de las cotizaciones la pone a disposición el INSS y se actualiza cada año con la variación del salario mínimo y el tope de la Seguridad Social.

La cotización también puede ser trimestral si se aplica al Smic multiplicado por tres, eligiendo correctamente el código en la guía de pago.

3. Realizar el pago a través de Guía de la Seguridad Social (GPS)

La Guía de la Seguridad Social es el medio de pago de la cotización del INSS. El formulario se puede cumplimentar manualmente mediante la tarjeta naranja o bien online en Meu INSS.

Una vez completado, el formulario debe llevarse a un banco o lotería para su pago. La fecha límite para el pago es el día 15 de cada mes.

En caso de retraso en el pago es posible calcular el importe final a través de "Mi INSS".

¿Quién puede cotizar al INSS como trabajador por cuenta propia?

El pago al INSS lo pueden realizar de manera autónoma los profesionales que presten servicios a personas naturales o jurídicas en el monto que perciban o en un mínimo del 11% del salario mínimo.

Para cotizar al INSS sin pensión mensual, el asegurado tiene la opción de convertirse en “contribuyente opcional”. En este caso, las condiciones son las siguientes: ser mayor de 16 años, no tener ingresos propios y no realizar una actividad remunerada.

Estas reglas no se aplican a los microempresarios individuales (MEI). Estos tienen su propia forma de recaudación a través de la guía DAS-MEI, donde el monto pagado corresponde al 5% del salario mínimo a la seguridad social.

Recordando que es posible convertirse en MEI independiente ganando hasta R $ 81.000 por año.

  • Ver también: cómo calcular el INSS sobre el salario
  • Conoce el valor actual del techo del INSS y quién tiene derecho a él



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