La Contribución Social sobre la Renta Neta (CSLL) es un impuesto pagado por personas jurídicas y asimiladas (asalariados), con base en las ganancias de la empresa y destinado a la seguridad social en Brasil.
El cálculo de la cantidad a pagar es el mismo que para el Impuesto sobre Sociedades (IRPJ), y la cuantía se determinará a partir de la base de cálculo elegida, diferenciándose únicamente en el tipo aplicado. Ambos son recaudados trimestralmente por la empresa estatal.
Evaluar
Para el cálculo de la CSLL, la tasa que se aplica a la utilidad neta de la empresa es del 9% para las personas jurídicas en general, pudiendo llegar al 15% en el caso de las empresas consideradas instituciones financieras, aseguradoras privadas y capitalizaciones.
La base para el cálculo de este impuesto se basa en las utilidades de la empresa, las cuales se dividen en dos criterios elegidos por los empresarios: Beneficio declarado Dónde está Ganancia real.
El criterio se elige al inicio del año y se fija para todos los trimestres del mismo año y se aplica tanto al IRPJ como al CSLL.
Obtenga más información sobre el beneficio real y el beneficio esperado.
Ganancia esperada CSLL
Cuando la empresa opta por la tributación sobre la Ganancia Presunta, comienza a calcular la CSLL a una tasa aplicada sobre los ingresos brutos de la empresa, es decir, por ventas o servicios prestados. Esta tasa se llama la tasa supuesta.
Esta tarifa varía según las actividades que realice la empresa:
- 12% de la facturación;
- 32% de los ingresos por servicios prestados.
A modo de ejemplo simplificado, si la empresa vende R$ 15.000 y presta servicios por R$ 20.000 en un trimestre, tributará a tasa única:
12% x 15.000,00 = 1.800,00
32% x 20.000,00 = 6.400,00
Importe a gravar = 6.400,00 + 1.800,00 = 8.200,00.
En este caso, si la tasa CSLL es del 9% sobre R $ 8.200,00, el impuesto adeudado será de R $ 738,00.
Beneficio real de CSLL
En el caso de cálculo cuando la empresa opte por la Utilidad Efectiva, el cálculo de la CSLL a pagar se realiza a partir de la Cuenta de Resultados del ejercicio, luego de haber calculado todos los ingresos y restado los gastos y costos del ejercicio.
Con los valores de las utilidades de la empresa calculados, se aplica la CSLL del 9% a la utilidad antes de impuestos (LAIR), y por lo tanto se conoce el monto a pagar al Estado.
Las personas jurídicas gravadas por SIMPLES tienen la tarifa del impuesto pagada de manera unificada y no tienen que calcular esta contribución social.
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