¿Qué es CSI y para quién es?

El CEI es el registro específico del INSS. Es utilizado por sujetos que prestan servicios de forma independiente, siendo equivalentes a empresas y teniendo un "estatus" similar. Sin embargo, algunos de estos profesionales ahora necesitan migrar a otras formas de registro.


Este registro todavía difiere del CNPJ, que es el número de identificación de las personas jurídicas en Brasil, es decir, las empresas. Aquellos que se registran a través del IEC generalmente no están obligados a tener un CNPJ.

Uno de sus propósitos es permitir que la persona que presta los servicios determine y cobre correctamente el INSS sobre el monto recibido.

El registro CEI y los registros obligatorios en curso no son obligatorios para todos los profesionales. La persona física, normalmente independiente, dispone de un plazo máximo de 30 días desde el inicio de la actividad para realizar la inscripción del CEI en la Agencia Tributaria.

Esto funciona para varios casos, como se muestra a continuación:

  • Similar a la empresa exenta de registro CNPJ,
  • trabajo de construcción,
  • Contribuyente individual productor rural,
  • asegurado especial,
  • notario,
  • Comprador de producción rural e
  • Empleador doméstico.

El registro se realiza fácilmente en línea o en persona en una oficina de impuestos. En el caso de un empleador nacional, la inscripción en el CEI se obtiene al registrarse en el portal eSocial.

Actualmente el CEI ha sido sustituido por otros dos registros en función de la actividad que se desarrolle. El primero es el Directorio Nacional de Obras (CNO) y el segundo es el Directorio de Actividades Económicas Individuales (CAEPF).

¿Quién debe emitir los NOC?

El Directorio Nacional de Obras (CNO) está destinado a las obras de ingeniería civil y constituye una base de datos creada en sustitución del CEI. Actualmente es el principal registro de cobro del INSS a los trabajadores de la construcción.

En el caso de obras ya dotadas de CEI, este deberá migrar al CNO, donde se mantendrá la placa para el cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Federal de Ingresos.

¿Quién tiene que emitir los CAEPF?

El Directorio de Actividades Económicas de los Particulares (CAEPF) también reemplaza al CEI, pero más amplio para varios campos.

Este registro agrega a los contribuyentes individuales de la seguridad social y debe ser desbloqueado cuando se aplica en una de las siguientes situaciones:

  • El contribuyente particular tiene otro contratista que le presta servicios;
  • Me di cuenta de;
  • Las personas que no son productores rurales, que compran productos rurales para la venta al por menor a consumidores individuales;
  • Contribuyente individual productor rural;
  • Seguro social especial.

Los profesionales individuales ya registrados en el CEI deben migrar al CAEPF. Este trámite se puede realizar a través del portal eCac.

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