¿Qué es un cheque de caja?
La asignación en efectivo es un acuerdo que se puede celebrar entre el empleado y la empresa para la "venta" de un tercio de las vacaciones a las que tiene derecho. A cambio, el empleado recibe días de vacaciones en efectivo.
Si el trabajador tiene derecho a 30 días de vacaciones, por ejemplo, es posible vender 10 días como parte del beneficio en efectivo, manteniendo los 20 días restantes como vacaciones.
Se habla de "ventas de vacaciones", y la compensación en efectivo está prevista en el art. 143 del TUF.
Según la ley, la decisión la toma el trabajador de convertir la tercera parte de sus vacaciones, que debe recibir en el monto del salario adeudado en esos días. La solicitud debe presentarse hasta 15 días antes del período de carencia, durante el cual expira el feriado.
Otro punto importante está relacionado con la tercera constitución, la misma debida sobre el valor de las vacaciones, pero en compensación monetaria. De hecho, no hay consenso sobre si incluirlo o no y muchas empresas lo están pagando. El TST, por ejemplo, dice que no se debe a la hora de elegir la mesada. En caso de duda, póngase en contacto con el departamento responsable para obtener más información.
Cómo calcular la asignación en efectivo
El monto de la asignación en efectivo se calcula sobre el valor del salario bruto del trabajador en función del número de días con derecho a vacaciones.
Si el período de vacaciones es de 30 días, la asignación se calculará sobre los 10 días de la asignación en efectivo. Si el derecho a vacaciones es de 24 días, los días de compensación pueden ser de 8 días. En cualquier caso, basta con dividir el salario bruto por 3.
En dos sencillos pasos, el cálculo se realiza dividiendo el salario bruto por el número total de días de vacaciones. Si son 30 días:
- 1er salario bruto ÷ 30 = Cantidad de salarios diarios
- 2do valor diario × días de subsidio = Asignación en efectivo a pagar
El valor de la licencia, en cambio, conserva su cómputo global, aunque el trabajador no se beneficie íntegramente de ella, con IRPF e indemnización del INSS.
El impuesto sobre la renta y el INSS no se deducen del pago de vacaciones.
Ejemplo
Para un trabajador con derecho a 30 días de licencia y salario de, por ejemplo, R$ 3.000,00, el beneficio en efectivo es de R$ 1.000,00:
- valor diario = 3.000,00 / 30 = 100,00
- subsidio en efectivo = 100,00 x 10 = 1.000,00
Si la empresa tiene previsto pagar al tercero constitucional sobre la indemnización en efectivo, deberá adicionar otro tercero a esa indemnización.
En este caso sería como:
- Cheque en efectivo con tercero constitucional = 100,00 x 10 x (1 + 1/3) = 1333,33
Cálculo de vacaciones
Si ese mismo trabajador tuvo, en el año anterior, un promedio de R $ 500,00 de horas extras, ese valor se suma a la base para el cálculo de las vacaciones.
Cabe señalar que en el cómputo de las vacaciones se calcula el tercio constitucional, cantidad adicional a la base de cálculo. Esta cantidad no debe confundirse con un tercio de la asignación en efectivo.
En este caso, la base para el cálculo de las vacaciones es R$ 3.500,00 más un tercio de este valor, suponiendo que resten 20 días de vacaciones:
- días festivos = (3500,00 / 30) x 20 = 2333,33
- tercera fiesta = 2333,33 × (1/3) = 777,78
- Base de cálculo: 2.333,33 + 777,77 = 3.111,11
Si el mismo trabajador no tiene dependientes, las cantidades a deducir del IR y del INSS se basan en esta base de cálculo y son:
- descuento INSS: 282,33 BRL
- descuento IR: 69,52 BRL
- Equidad de vacaciones: 3111,11 - 282,33 - 69,52 = 2759,26
Finalmente, el valor neto de las vacaciones se puede agregar al beneficio en efectivo, dando al trabajador una cantidad de BRL 3.759,26 o BRL 4.092,59 si se paga con un tercio del beneficio en efectivo.
Esta cantidad deberá ser abonada al trabajador dentro de los 2 días hábiles anteriores al inicio de la baja.
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